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Las Leyes |
NIVEL
TÉCNICO 
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Delitos
Informáticos, una Cuenta Pendiente
Por
Laura Rodríguez Ocampo
Executive
Coordinator
I-SEC LEGAL & FORENSIC
I-SEC Information Security Inc |
Sabido es que
el Derecho, como Ciencia Social, legisla o trata sobre conductas
que se van dando. Esto es, no se anticipa a ellas, sino que las
sigue, ya sea prohibiéndolas, o fomentándolas y
en cualquier caso, regulando sobre las mismas.
Concretamente
en referencia a los llamados Delitos Informáticos, sabido
también es que en Argentina, nuestro Poder Legislativo
ha tratado en diversas oportunidades numerosos proyectos, más
de veinte para ser específicos.
El mentado
proyecto ya cuenta con media sanción de la Cámara
de Diputados, desde octubre pasado, e implica una reforma al Código
Penal.
Dicho
texto propuesto ha sido analizado y es pasible de críticas
por reconocidos protagonistas tanto de la industria de IT como
de la Comunidad Jurídica. Las principales objeciones se
dirigen a la falta de técnica legislativa, lo cual implica
la necesidad de una redacción consistente (sin contradicciones)
y practicable desde el punto de vista técnico. Todo ello
en aras de que el texto próximo a convertirse en Ley no
se transforme en una declaración de intención inviable
por su inconstitucionalidad.
También
podemos agregar la necesidad de escalas penales más elevadas,
que reflejen realmente que la Información (en su más
amplio sentido) es valorada como un bien jurídicamente
protegido en nuestro país.
Finalmente,
esta reforma sustancial deberá ser acompañada de
una actualización procesal, ya que la evidencia digital
manifiesta en su proceso de recolección y presentación
judicial características propias que deben ser previstas
a fin de garantizar el principio de legalidad y defensa en juicio.
Link
al Proyecto de Ley:
http://www1.hcdn.gov.ar/proyxml/expediente.asp?fundamentos=si&numexp=5864-D-2006
Executive Coordinator
I-SEC LEGAL & FORENSIC
I-SEC
Information Security Inc.
laura.rodriguez@i-sec.org
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