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La Protección de las Bases de Datos de Carácter Personal Estatales: Intimidad, Información y Seguridad |
Por Sol Beatriz Calle D’Aleman
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ISEC LEGAL Velasco, Calle & D´Alleman
Colombia |
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El paradigma alrededor del cual se ciernen las normas de protección de datos de carácter personal en la mayoría de las legislaciones que se han adoptado, es el de encontrar esa línea, a veces imperceptible entre la intimidad y la información, ambos derechos de estirpe fundamental.
Se trata de dos caras de una misma moneda, dos piezas que se complementan entre sí, pero que por ello mismo tienen un límite que al ser traspasado privilegia más un derecho respecto del sacrificio del otro. En este contexto, los jueces y tribunales buscan aplicar de manera proporcional, hasta donde llega el límite de uno u otro, atendiendo a su norma fundamental y a las políticas gubernamentales que las desarrollan en cada país.
Sin embargo, hechos recientes como la pérdida de 25 millones de datos en Inglaterra, sugieren acaso un cambio de paradigma, es decir, ¿es la información, como derecho fundamental de los ciudadanos el que legitima la pérdida o transferencia de estos datos? En el caso Colombiano, hace un par de años sorprendió el envió de la base de datos de todos los ciudadanos (aproximadamente 31 millones) a la firma CHOICE POINT en Estados Unidos, con el pretexto de la seguridad del Estado Norteamericano después de los lamentables hechos del 11 de septiembre del año 2000.
Desde la perspectiva estatal, es la seguridad de los Estados la que preocupa y justifica, en muchos casos, el envío de información personal sin conocimiento y mucho menos sin consentimiento del ciudadano, desconociendo cuál es el destino de tales datos, su uso posterior, y lo más preocupante, cuáles son los niveles de seguridad que pueden garantizar a las personas que sus datos no serán usados por grupos al margen de la ley.
Y es en esta materia en donde es fundamental tomar conciencia respecto de estas bases de datos de carácter personal que maneja y tiene el Estado como parte de su actuar, bases de datos de gran complejidad, pero respecto de las cuales no se toman previsiones y se desconoce su uso, ubicación y destino final.
De otro lado, la modernización de los Estados incluye también la modernización en tecnología, especialmente al servicio del ciudadano. Se observa cada vez más iniciativas de carácter institucional pretendiendo la implementación del llamado e-goverment, del uso de Internet para aliviar los trámites al ciudadano y ofrecer información clara respecto de sus obligaciones, especialmente en materia tributaria. Pero, ¿qué sucede con la seguridad de esta información? ¿Cuáles son las políticas de seguridad de la información para el manejo de estas bases de datos?
Hace algunos años, la oficina de catastro del Distrito de Bogotá, tomó la iniciativa de publicar, a través de su web, los nombres e identificación de los ciudadanos que poseían propiedades inmuebles en Bogotá, para ser consultados por el público en general. Por supuesto la Corte Constitucional de inmediato exigió sacar estas bases de datos de Internet, dado el evidente peligro que representaba para los ciudadanos esta publicación indiscriminada de su situación patrimonial respecto de inmuebles, que atentaba no sólo contra su intimidad, sino también contra su seguridad personal.
Todos estos hechos nos permiten postular un nuevo derecho para los ciudadanos respecto de los datos que manejan las entidades del Estado: la seguridad. En estos tiempos, en los cuales la información y el conocimiento son el objeto fundamental de riqueza, no solamente la Intimidad y la Información constituyen los derechos a ser garantizados en esta materia. Desde tal perspectiva, más que una buena práctica, el Estado debe obligarse con sus ciudadanos a trabajar en la seguridad de la información que custodia, incluso, a certificarse en una norma ISO como la 27001 u otro estándar, que además de recoger las mejores prácticas en materia de seguridad de la información, crea todo un sistema de gestión que invita a un cambio cultural y de conciencia en la importancia de dar una manejo adecuado a la información de carácter personal de los ciudadanos que reposa en las bases de datos estatales.
No de otra manera podría entenderse el postulado constitucional vigente en la mayoría de los países Latinoamericanos según el cual, el Estado debe velar por la seguridad de sus nacionales, seguridad que hoy día, debe ser entendida más allá de la seguridad física, para finalmente hacerla comprensiva de la información de carácter digital que sirve a los fines mismos del Estado.
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