|
En los últimos años, Internet
se convirtió en un canal de distribución
de pornografía en general. Las
estadísticas indican que las páginas
web más visitadas son de contenido
pornográfico, y que se crean alrededor
de cien páginas nuevas por día.
La publicación y distribución
de pornografía de adultos, en la
mayor parte de las legislaciones del mundo,
no es considerada delito (a excepción
de algunos países de tradición
islámica). Pero la pornografía
infantil es condenada en cualquier rincón
del planeta: no existen dudas de que debe
ser arduamente combatida.
Desde la proliferación de la conexión
de banda ancha y la mejora de los servicios
de Internet, las posibilidades de intercambio
de contenidos digitales se han incrementado
exponencialmente.
Pero esta situación también
amplió considerablemente las formas
de cometer delitos. No se trata de “nuevos”
delitos sino de “delitos tradicionales”,
pero utilizando nuevas tecnologías.
Delitos que antes sólo podían
concretarse en el mundo físico,
real o analógico, hoy se efectúan
en el espacio virtual, como ser: a) la
difusión de instrucciones sobre
preparación de bombas, las actividades
terroristas, la producción y tráfico
de drogas, y el activismo político,
lo que atenta contra la seguridad nacional
y mundial; b) el envío de mensajes
que incitan al odio y a la discriminación
racial o religiosa, lo que atenta contra
la dignidad humana; c) las conductas de
hurto y destrucción de datos que
realizan los hackers, que atentan contra
la seguridad y confidencialidad de la
información; d) los delitos de
"pirateo" de software, que vulneran
la propiedad intelectual; e) la recolección,
procesamiento y transmisión no
autorizada de datos personales, lo que
requiere proteger legalmente la privacidad
o intimidad de las personas; f) el envío
de mensajes difamatorios o injuriantes,
lo que atenta contra la honra y dignidad
de las personas.
Leyes
contra la pedofilia.
La pedofilia es un delito aberrante que
consiste en la producción, difusión,
exhibición y distribución
de material pornográfico infantil.
Es un delito que tuvo su apogeo en los
años ´70, y a raíz
de ello las legislaciones nacionales y
varios tratados internacionales han penalizado
este tipo de delito.
En este sentido, la Convención
de las Naciones Unidas sobre los Derechos
del Niño, en su artículo
34, califica la pornografía infantil
como una violación de los derechos
del menor, y exige a las naciones que
participan en la convención internacional
a adoptar medidas para prevenir la explotación
infantil en materiales de tipo pornográfico.
En 2001, el gobierno canadiense aprobó
la ley más estricta del mundo,
para combatir la pornografía infantil
en Internet. La misma establece como delito
no sólo producir o publicar imágenes
indecentes de niños, sino incluso
acceder a ellas en un sitio de la red.
A partir de este precedente, varios países
han tomado este modelo para implementar
políticas similares.
En Argentina, la ley 25.763 aprueba el
Protocolo relativo a la Venta de Niños,
la Prostitución Infantil y la Utilización
de los Niños en la Pornografía,
que complementa la Convención de
las Naciones Unidas sobre los Derechos
del Niño; además, establece
un tratamiento específico sobre
la comisión de este delito en el
ámbito de Internet. En dicha norma
se manifiesta la preocupación por
la disponibilidad cada vez mayor de pornografía
infantil en Internet y otros medios tecnológicos
modernos.
Por último, es muy interesante
conocer las conclusiones a las que se
ha arribado en la Conferencia Internacional
de Lucha contra la Pornografía
Infantil en Internet (Viena, 1999). En
ella se pide la penalización en
todo el mundo de la producción,
distribución, exportación,
transmisión, importación,
posesión intencional y propaganda
de este tipo de pornografía, subrayando
la importancia de una colaboración
y asociación más estrechas
entre los gobiernos y el sector de Internet.
La
persecución del delito en Internet.
Dificultades. Jurisdicción.
Pese a que con el transcurso del tiempo
las leyes se adecuan a esta nueva forma
de cometer “viejos delitos”,
la característica de “desterritorialización”
de Internet implica una demora sustancial
en la investigación y, en algunos
casos, se convierte en un impedimento.
Sin embargo, la cooperación internacional
permite, cada vez con mayor celeridad,
detectar los puntos de producción
y distribución y arrestar a las
organizaciones delictivas.
Incluso en al ámbito nacional pueden
encontrarse impedimentos técnicos
que demoran, retardan o entorpecen las
investigaciones. Ejemplo de ello es el
reciente fallo de la Corte Suprema de
Justicia de la Nación (Argentina),
que debió resolver cuál
era la justicia competente para entender
la cuestión planteada (justicia
ordinaria o federal). En ese caso se dijo:
“Es claro que el objeto de la pretensión
se encuentra dirigido a garantizar la
protección de los menores contra
la prostitución infantil y su utilización
por medio de Internet, con fundamentos
en acuerdos internacionales”..."Además,
al referirse la acción a actividades
que se llevarían a cabo por vía
de Internet, medio de interrelación
global que permite acciones de naturaleza
extra-local, cabe concluir que compete
a la Justicia Federal conocer en el presente
amparo”.
En el caso de Canadá, la norma
prevé llevar ante los tribunales
(en Canadá) a personas que cometieron
delitos relacionados con la pornografía
en cualquier lugar del mundo. En el ámbito
del derecho penal internacional, la posibilidad
de condenar a personas que comenten delitos
fuera del ámbito de jurisdicción
del país juzgador es posible y,
más aún, es deseable, cuando
se trata de delitos contra el honor de
un menor.
|